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DIVORCIOS VI. ¿Qué es la separación de hecho?

¿Qué es la separación de hecho?

La separación de hecho supone el cese efectivo de la convivencia matrimonial sin legalizar la situación a través de los juzgados. De todas formas, puede formalizar el procedimiento ante notario plasmando la situación y sus efectos.

Sin embargo, aunque exista un documento notarial de separación, esto no supone separación legal, por lo que en caso de incumplimiento por parte del cónyuge de las condiciones pactadas, habrá que instar este cumplimiento vía judicial obteniendo la sentencia que obligue al mismo. El documento notarial tiene un fuerte valor probatorio en los procesos judiciales de separación y divorcio, con respecto a las condiciones pactadas.

Además, este tipo de procedimiento mantiene el régimen económico del matrimonio, excepto en el caso que se estipulen capitulaciones matrimoniales. Por tanto, si existen bienes gananciales, puede arriesgarse a que estos deban responder de determinadas deudas contraídas por uno solo de los cónyuges, e igualmente, se puede entender que pertenecen a la sociedad de gananciales los bienes adquiridos por uno solo de los cónyuges.

Por tanto, usted deberá valorar si esta situación conviene o no a su caso. Si necesita asesoramiento sobre el tipo de procedimiento que debe seguir, contacte con nosotros. En Crisol Abogados, estamos especializados en caso de divorcios y separaciones.